ESTATUTO DOCENTE
Estése a lo resuelto en el fallo de 14 de julio de 1977, sobre el Decreto extraordinario número 128 de 20 de enero de 1977.
Corte Suprema de Justicia. -Sala Plena. -Bogotá, D. E., 14 de julio de 1977.
(Magistrado ponente: doctor Guillermo González Charry).
Aprobado según Acta número 29 de 14 de julio de 1977.
Los ciudadanos Gelasio Cardona Serna, Humberto Críales de la Rosa, Jairo Villegas, Roberto López y Roberto Ríos Trujillo, han pedido que se declare la inexequibilidad del Decreto extraordinario número 128 de 20 de enero de 1977, por el cual se dictó el estatuto del personal docente de enseñanza primaría y secundaria a cargo de la Nación. Como el procedimiento se encuentra agotado, debe decidirse la acción.
El estatuto legal que se somete ahora al examen de la Corte, fue objeto ya de una demanda en la misma extensión y por las mismas razones que ahora se presentan, y en esa ocasión, la Corte, en sentencia de esta misma fecha, declaró exequible el citado decreto con excepción de su artículo 51. Como en esa oportunidad se examinaron no sólo los argumentos de la demanda, sino el texto general del estatuto en relación con el de la Carta Política, nada hay ahora que agregar a aquéllas argumentaciones, ni que cambiar en la decisión tomada entonces.
Por lo anterior, la Corte Suprema de Justicia, Sala Plena, previo estudio de la Sala Constitucional y oído el Procurador General de la Nación,
Resuelve:
ESTESE a lo resuelto en el fallo de 14 de julio de 1977 sobre el Decreto extraordinario número 128 de 20 de enero de 1977.
Cópiese, publíquese, insértese en la Gaceta Judicial y archívese el expediente.
Luis Enrique Romero Soto, Jerónimo Argáez Castello, Jesús Bernal Pinzón, Fabio Calderón Botero, Aurelio Camocho Rueda, Alejandro Córdoba Medina, José Gabriel de la Vega, José María, Esguerra Samper, Germán Giralda Zuluaga, José Eduardo Gnecco C., Guillermo González Charry, Pedro Charria Angulo, Gustavo Gómez Velásquez, Juan Hernández Sáenz, Alvaro Luna Gómez, Humberto Murcia Ballén, Hernando Rojas Otálora, Alberto Ospina Botero, Julio Salgado Vásquez, Eustorgio Sarria, Luis Sarmiento Buitrago, Pedro Elías Serrano Abadía, Ricardo Uribe Holguín, José María Velasco Guerrero. Alfonso Guarín Ariza Secretario General.
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