LEYES APROBATORIAS Y MODIFICATORIAS DEL PRESUPUESTO ANUAL GENERAL DE LA NACIÓN : 1978 |
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LEY 12 de 1978 - Por la cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Presidencia de la República y Ministerios de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública y de Salud) por Ps. 68.710.000.00 |
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LEY 15 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos Nacional de la vigencia fiscal de 1978, por Ps. 3.401.676.162.83 |
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LEY 16 de 1978 - Por la cual la Nación destina una partida con el fin de fomentar el Desarrollo Regional de diferentes secciones del país y se dictan otras disposiciones |
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LEY 21 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Congreso Nacional, Presidencia de la República y Ministerios de Gobierno, de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas y Transporte), por Ps. 268.883.672.00 |
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LEY 22 de 1978 - Por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Congreso Nacional, Departamentos de Planeación y Seguridad, y Ministerios de Gobierno, Hacienda y Crédito Público, Agricultura, Salud, Educación Nacional y Desarrollo Económico), por Ps. 182.884.571.00 |
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LEY 23 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de 1978 (Ministerio de Desarrollo Económico), por Ps. 22.343.400.00 |
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LEY 28 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Defensa Nacional, Salud, Educación Nacional y de Obras Públicas y Transporte), por 773.997.479.01 |
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LEY 29 de 1978 - Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Departamento Administrativo de Seguridad, Ministerio de Relaciones Exteriores y Rama Jurisdiccional), por Ps. 33.748.813.66 |
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LEY 30 de 1978 - Por la cual se adoptan un plan y un programa de fomento a empresas útiles y benéficas de desarrollo regional, se decreta un gasto y se dictan normas relacionadas con el control y vigilancia de las correspondientes apropiaciones presupuestales |
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LEY 31 de 1978 - Por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Salud, Desarrollo Económico y Rama Jurisdiccional) por Ps. 12.874.896.00 |
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LEY 32 de 1978 - Sobre el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1979 |
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LEY 34 de 1978 - sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1979 |
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LEY 35 de 1978 - Por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 |
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LEY 39 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital, se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia de 1978 |
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LEY 40 de 1978 - Por la cual se adiciona el presupuesto de rentas y recursos de capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Contraloría General de la República, Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional), por Ps. 165.432.346.12 |
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LEY 41 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de 1978. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por Ps. 496.166.500.00 |
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LEY 44 de 1978 - Por la cual se efectúan unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la Vigencia Fiscal de 1978 (Ministerios de Hacienda -Deuda Pública Nacional- Defensa, Salud, Educación Nacional, Obras Públicas y Transporte y Policía Nacional) 1.153.230.000.00 |
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LEY 45 de 1978 - Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Congreso Nacional y Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Defensa Nacional, Trabajo y de Salud), por Ps. 72.047.161.00 |
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LEY 46 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abre un crédito adicional en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerio de Relaciones Exteriores), por Ps. 58.710.000.00 |
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LEY 47 de 1978 - Por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Contraloría General de la República, Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías y Ministerios de Educación Nacional), por Ps. 16.877.072.00 |
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LEY 48 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Obras Publicas y Transporte), por Ps. 47.666.100.58 |
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LEY 49 de 1978 - Por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Gobierno, Hacienda y Crédito Público, y de Obras Públicas y Transporte), por Ps. 2.049.641.00 |
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LEY 50 de 1978 - Por la cual se efectúa un traslado dentro del presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerio de Obras Públicas y Transporte), por Ps. 14'400.000 |
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LEY 51 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Salud), por Ps. 2.013.642.769.33 |
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LEY 54 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de 1978 (Ministerios de Desarrollo Económico y de Obras Públicas y Transporte), por Ps. 24.355.636.20 |
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LEY 55 de 1978 - Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Congreso Nacional, Departamentos de Planeación Nacional y de Intendencias y Comisarías y Ministerios de Gobierno, Minas y Energía, Educación Nacional y Comunicaciones), por Ps. 28.027.600.00 |
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LEY 56 de 1978 - Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerio de Obras Públicas y Transporte), por Ps. 196.900.000.00 |
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LEY 57 de 1978 - Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Gobierno, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional -, Salud y de Minas y Energía), por Ps. 338.792.010.00 |
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LEY 58 de 1978 - Por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Justicia, de Minas y Energía y Policía Nacional), por Ps. 146.685.474 |
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LEY 59 de 1978 - Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerio de Obras Públicas y Transporte), por Ps. 456.890.000.00 |
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LEY 60 de 1978 - Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Contraloría General de la República y Ministerios de Agricultura y Educación Nacional), por Ps. 81'935.408.00 |
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LEY 62 de 1978 - Por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Departamentos Nacional de Estadística y del Servicio Civil y Ministerios de Gobierno, Justicia -Rama Jurisdiccional-, Trabajo, Salud y Desarrollo Económico), por Ps. 25.053.500.00 |